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Después De Accidentes

Compensación Laboral En Texas: Una Explicación General

Bajo la ley laboral de Texas, si usted fue lastimado mientras trabajaba, le corresponden ciertos tipos de ingresos y beneficios médicos. La aseguranza de su empleador está obligada a pagarle beneficios médicos razonables y necesarios por las lesiones, así como beneficios para reemplazar sus salarios perdidos. Las compañías de seguro a menudo buscan formas de denegar reclamos de compensación por accidente de trabajo. Reciben mayores ganancias recolectando cuotas y no pagando beneficios.

Soy Manuel Gonzales, y voy a pelear contra la compañía de seguro por el dinero que usted merece. Si resultó herido en el trabajo y necesita ayuda obteniendo un arreglo por una lesión laboral, hable conmigo. Llame a mi despacho legal Manuel Gonzales, PC, hoy al 866-517-1689 para agendar una consulta inicial gratuita conmigo, un abogado conocedor del tema que además habla español.

Ayudándole A Entender Las Leyes De Compensación

La compensación laboral funciona como un seguro sin importar de quién fue la culpa. No importa si usted violó una política de la compañía, o no levantó adecuadamente cuando ocurrió la lesión. Usted aun así está cubierto por las leyes de compensación por accidente de trabajo.

Hábleme para conseguir ayuda en cualquiera de los siguientes:

  • Reclamos por daños de un tercero, estos ocurren cuando la lesión de una persona en su lugar de trabajo pasa por la negligencia de un tercero. Un tercero es cualquier persona que no es un compañero de trabajo y/o cualquier entidad que no es su empleador.
  • ¿Tiene preguntas sobre los tipos de beneficios de compensación laboral que usted recibe? Yo puedo explicarle lo fundamental respecto a diferentes tipos de compensación.
  • ¿Fue herido en una refinería o accidente de planta? Usted puede haber sido advertido en contra de reportar la lesión. Sin embargo, es para su conveniencia reportar la lesión y buscar ayuda legal.
  • ¿Fue herido mientras trabajaba en un sitio de construcción? Así sea que sufrió una herida involucrando a su cabeza, cuello, espalda u otra área, yo pelearé por usted por los beneficios que merece
  • ¿Fue herido en un accidente industrial? Yo represento a trabajadores que han sufrido lesiones catastróficas mientras trabajaban en lugares como cervecerías, elevadores de granos y plantas de refinamiento de azúcar.
  • ¿Qué pasa cuando mi empleador no tiene seguro de compensación por accidente de trabajo? Usted podría tener la posibilidad de demandar a su empleador directamente.

Lesiones Y Enfermedades Cubiertas

La compensación laboral provee beneficios salariales y médicos a individuos que han sufrido un enfermedad o lesión relacionada con el trabajo. Los trabajadores lesionados pueden recibir beneficios en variadas circunstancias:

  • Lesiones por accidentes relacionados con el trabajo
  • Lesiones por estrés repetitivo
  • Agravio de una condición pre-existente
  • Enfermedad ocupacional
  • Lesiones por ejercer sus deberes laborales (por ejemplo, lesión en la espalda, rodilla, muñeca u hombro)

Esta lista no es exhaustiva. Aún si su condición médica no figura en el listado de arriba, lo invito a contactarme para ver si su lesión o enfermedad está cubierta por beneficios de compensación laboral.

He representado a miles de trabajadores heridos, así que conozco perfectamente el proceso de compensación laboral y la terminología que usted deberá usar cuando complete la solicitud. He ayudado a trabajadores que han sostenido lesiones de espalda, cuello, hombros, rodillas, muñecas y manos, quemaduras, pérdida de un miembro, lesiones de médula espinal, lesiones cerebrales y otras lesiones serias. También puedo ayudar si perdió a un ser querido como resultado de un accidente de trabajo fatal.

Dé El Primer Paso Con Una Consulta Sin Costo

Si fue herido en el trabajo y quiere hablar con un abogado sobre su reclamo de compensación laboral, llame a Manuel Gonzales, PC, para agendar su primera cita sin costo. Puede comunicarse llamando al 866-517-1689 o contactando a mi bufete legal en línea.

Mis horas de oficina son lunes a viernes 8 a.m. a 5 p.m., y los teléfonos se contestan las 24 horas, siete días a la semana. Si usted no puede venir debido a sus lesiones, yo puedo acudir a usted.

Se atienden llamadas 24/7

Se habla español